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La conducción riesgosa de motocicletas entra al catálogo de infracciones graves: Congreso

14 may
1 min de lectura

 

Diputados a la 68 Legislatura de Chihuahua reformaron la Ley de Vialidad y Tránsito, para establecer en el catálogo de infracciones graves, la conducción riesgosa de motocicletas.

 

La reforma quedó de la siguiente manera:

 

Artículo 91. …

G.       En el caso de motocicletas, la conducción deliberadamente riesgosa de las mismas. Así mismo, que se exceda el número de tripulantes para el cual está específicamente diseñada y equipada o la circulación sin placas.

 

El diputado Óscar Daniel Avitia Arellanes, en voz de la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana dijo que dicha reforma nace de la exposición constante y reiterada a los riesgos viales sumados a una conducción riesgosa o temeraria, y que la legislación toma medidas muy secundarias para un problema tan sensible.

 

Asimismo, dijo que la modificación garantiza una mayor seguridad en la conducción y para las personas usuarias de las vías.

 
 
 

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